1.- Registro Mercantil central: Hay que
conseguir una certificación negativa del nombre,
el documento indica que el nombre elegido para la sociedad no está registrado
por ninguna otra sociedad en nuestro país.
2.- Banco: Una vez conseguido el certificado anterior, se debe abrir una cuenta corriente en una entidad bancaria, a nombre de la sociedad, depositando el capital mínimo necesario para la constitución de la sociedad.
2.- Banco: Una vez conseguido el certificado anterior, se debe abrir una cuenta corriente en una entidad bancaria, a nombre de la sociedad, depositando el capital mínimo necesario para la constitución de la sociedad.
3.- Notario: Se debe otorgar en escritura
pública, en este documento se expresa el consentimiento de todos los socios que quieren crear la
sociedad. Esta escritura se otorga ante notario
y debe contener entre otros datos los estatutos
sociales que son las normas que los socios quieren para el funcionamiento de su empresa.
4.- Hacienda: En la delegación de Hacienda
se solicita el Código de identificación Fiscal (CIF) provisional, para identificar a la empresa en su
documentación.
En la
misma oficina debe darse de alta en el Impuesto de
Actividades Económicas. (IAE)
5.- Hacienda: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:
Hay que pagar ITPAJD, que grava la constitución de una sociedad con el 1 % del
capital social.
6.- Registro Mercantil: Se debe inscribir
la sociedad en el Registro Mercantil, se presenta:
-Certificado
de denominación.
-Copia de
la escritura de constitución.
-Fotocopia
del CIF
-Justificante de haber liquidado el ITPAJD. En el momento de inscribir la sociedad en el registro
Mercantil adquiere su Personalidad Jurídica independiente a la de sus
socios.
Nota
Importante: las Sociedades Laborales y cooperativas tiene un trámite especial.
Para las cooperativas su propio registro Registro General de cooperativas (Consellería de traballo)
Para las cooperativas su propio registro Registro General de cooperativas (Consellería de traballo)
Para las sociedades laborales un certificado de su calificación como Laboral.
7.- Registro Mercantil: Hay que legalizar
los libros obligatorios de la sociedad en
el
Registro Mercantil.
Estos
libros son:
Libro de
Inventarios y Cuentas Anuales,
Libro
Diario
Libro de
Actas
Libro Registro
de socios, donde se recogen las transmisiones de participaciones de la
sociedad.
8.-
Otros trámites: Alta en la Seguridad Social de la empresa y trabajadores.
9.- Otros trámites Licencia de apertura en
el Ayuntamiento,etc.
+info: Apéndice unidad 2 de tu libro
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